Publicado por Jose Trecet - 01/07/08 a las 11:07:12 am
El pinchazo de la burbuja inmobiliaria y la brutal subida del Euribor desde principios de año están colocando a muchas familias al borde de la quiebra. Cuando los ingresos no alcanzan a cubrir los gastos y la deuda empieza a acumularse existen varias opciones para tratar de ’salir del agujero’.
La primera opción para muchos pasa por seguir endeudándose. Es decir, un crédito para pagar otro crédito y así sucesivamente, cada uno de ellos en peores condiciones que el otro (créditos rápidos, préstamos entre particulares…). Evidentemente, este no es un buen camino. La segunda alternativa consiste en negociar con el banco o caja de ahorros para que aplace o modifique las condiciones de nuestro crédito. En principio es la más recomendable, pero la entidad no siempre estará dispuesta a hacer caso a nuestras peticiones, sobre todo si ya acumulamos deudas en nuestra contra. De hecho, ni siquiera ahora están legalmente obligadas a alargar la vida de una hipoteca, sólo a estudiar el caso y mostrarse más permisivas. Evidentemente, también se puede acudir a otras entidades para reunificar deuda y buscar otros tipo de soluciones, pero éstas no siempre van a estar disponibles. Y mientras, la deuda sigue acumulándose.
Una última opción para evitar el embargo de los bienes y ganar algo de tiempo es acogerse al concurso de acreedores, que sustituye a la suspensión de pagos y la quiebra según la Ley Concursal de 2004. Aunque está principalmente pensada para empresas, las personas físicas también pueden acogerse a ella. Pero ¿para qué sirve un concurso de acreedores?
El concurso de acreedores es la última medida para evitar el embargo. En este sentido, paraliza las demandas interpuestas por falta de pago y la ejecución de los bienes que se estén tramitando. Es decir, congela la posibilidad de embargo hasta que finalice el proceso. Además, también interrumpe la acumulación de intereses en los casos de impago y permite reanudar los contratos de crédito interrumpidos por falta de pago. Adicionalmente, quienes la soliciten puede reducir su deuda hasta un 50% y conseguir un aplazamiento en el pago de hasta cinco años.
Sin embargo, es extremadamente difícil lograr los últimos puntos. Hay que tener en cuenta que la ley concursal es básicamente una negociación entre el deudor y los acreedores para un determinado tipo de deuda. En primer lugar hay que partir de una situación de solvencia acreditada y está más bien pensada para créditos din una garantía real, no como la hipoteca, donde la vivienda es la garantía que el banco tiene potestad de ejecutar sin esperar el año de embargo que permite el procedimiento concursal. Así, el proceso es más propicio para los préstamos personales y créditos al consumo.
Sin duda alguna lo peor es el coste que deben asumir quienes se declaren insolventes y acudan al concurso de acreedores: entre el 10% y el 15% del total de la deuda. Este dinero se utiliza para cubrir los gastos por el abogado y el papeleo.
En términos generales, la ley concursal no está hecha para los particulares y sólo es recomendable acogerse a ella en casos muy determinados como cuando se posee un patrimonio que supera con creces el valor de la deuda. Claro que siempre debe haber un motivo para la esperanza. Según indica la revista Consumer, en octubre de 2006 un matrimonio de Barcelona logró una reducción del 30% sobre sus deudas, que ascendían a 160.000 euros, de los cuales 50.000 correspondían a la hipoteca de su domicilio.
Los altos costes de este proceso y la posibilidad de que se alargue en el tiempo hasta un año hace que todavía pocas personas se declaren en quiebra. Sin embargo, el número está aumentando de forma alarmante en 20008. Durante el primer trimestre del año los hogares que han sido reclamados por sus deudores al no poder hacer frente a sus pagos aumentó un 230%, lo que supone 66 familias afectadas.
Artículos relacionados
RSS feed para los comentarios de esta entrada.
TrackBack URI