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Archivos del mes abril, 2010

Deducción alquiler

Existen varias fórmulas para desgravar por la vivienda habitual y precisamente por eso la inversión en ladrillo ha sido tan prolífica en España. Dejando de lado aspectos socioculturales, lo cierto es que los inmuebles son una de las fórmulas más utilizadas para reducir la factura fiscal.

Las deducciones clásicas por vivienda se limitan a la compra y rehabilitación, a las que sólo hace algunos años se ha añadido la deducción por alquiler para completar la fiscalidad de la vivienda. En el fondo, la inclusión del arrendamiento no es más que el intento de fomentar esta forma de vida frente a la adquisición y de equiparar ambas, por lo menos en términos fiscales.

En primer lugar, al abordar la deducción por alquiler conviene recordar que sólo se pude desgravar cuando este se dedique a la vivienda habitual (ver concepto de vivienda habitual). Además, en el caso del alquiler intervienen dos partes (arrendador y arrendatario, casero e inquilino) y ambas tiene actualmente derecho a deducciones.

Deducciones del arrendador por alquilar (El propietario)

Como parte de su estrategia para incentivar el alquiler, el Gobierno ofrece rebajas fiscales a quienes decidan arrendar su casa. El objetivo es que resulte atractivo convertirse en casero y que la carga fiscal por los ingresos que se obtienen del alquiler sea lo menor posible.

En primer lugar, los propietarios están extenso de pagar el IVA siempre que alquilen para vivienda. De esta forma, no estarán obligados a repercutir el IVA a los inquilinos, lo que elimina muchos trámites. Esto no implica que no deban tributar por las ganancias obtenidas -el dinero del alquiler-, aunque sí pueden deducirse la mayoría de los gastos asociados con el alquiler de la vivienda. Es decir, deberán restar los costes de alquiler al dinero que reciben por el mismo.

Entre los gastos que pueden desgravar figuran los intereses de la hipoteca, mobiliario, caldera… gastos por la formalización del arrendamiento, servicios y suministros o su conservación y reparación. Además, también pueden amortizar el inmueble y sus bienes y deducir las primas de los contratos del seguro de la vivienda. Estos gastos se sumarán y posteriormente se restarán al dinero que se obtiene del alquiler para dar con el beneficio, que es la cantidad que habrá que declarar.

Sobre este beneficio se deberá aplicar además una reducción del 50% cuando el inmueble esté destinado a vivienda habituall. Esta reducción puede ser del 100% si se alquila a personas entre 18 y 35 años y con unos rendimientos netos del trabajo superiores a 7.455,14 euros, importe del indicador público de renta de efectos múltiples para el ejercicio 2010 (IPREM).

Deducciones del arrendatario por alquilar vivienda (El inquilino)

Quien habita una vivienda alquilada también tiene derecho a una serie de deducciones sobre las cantidades que paga en concepto de alquiler. En este caso las deducciones se dividen en dos tramos: uno estatal y que rige en todo España -excepto en Navarra y País Vasco- y otro autonómico que depende de cada región.

El tramo estatal permite deducir un 10,05% de las cantidades aportadas por el alquiler siempre que la base imponible -resultado de sumar las casillas 455 y 465- no supere los 24.020 euros y con una base máxima deducible de 9.015 euros -la misma que para las hipotecas-. Esto implica que sólo se podrá deducir sobre un máximo aportado de 9.015 euros.

Pero esta base máxima sólo está dispobible para las rentas inferiores a 12.0000 euros. A quienes superen estas cantidades se les aplica una fórmula que rebaja la base imponible (9.015 – [0,75 x (Base Imponible - 12.000)]).

Las deducciones autonómicas dependen de cada comunidad y son de lo más variadas. Existen de hecho algunas CCAA que ni siquiera cuentan con deducciones autonómicas al alquiler. En este enlace se pueden consultar todas.

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Novedades renta

Toda buena estrategia de gestión financiera debe tener en cuenta varios elementos. No sólo se trata de detectar los mejores productores financieros, los que más rentabilidad ofrecen, sino también de saber cuáles son los más beneficiosos en materia de impuestos y, sobre todo, de reducir al máximo la factura fiscal. Para lograrlo, hay que tener algunas nociones de la fiscalidad y, sobre todo, estar al tanto de las novedades que trae cada año la declaración de la renta.

Existen diferentes fuentes que nos alertan sobre las novedades de renta, empezando por la propia Agencia Tributaria y siguiendo por el Ministerio de Economía. Además, los cambios en materia de impuestos suelen afectar de forma tan directa al bolsillo de los ciudadanos que rara vez pasan desapercibidos para los medios de comunicación, aunque sólo sea por la algaravía política que suelen generar. El problema es que cuando llega el momento de realizar la planificación fiscal o de hacer la declaración de la renta muchos contribuyentes han olvidado ya estos cambios.

Ahora que se acerca el momento de cumplir con Hacienda, nada mejor que recordar estas novedades de la renta 2009 y 2010. Y es que la Campaña de la Renta 2009 -referido a la declaración que haremos en 2010- incluye algunos cambios interesantes que deberemos tener en cuenta a la hora de rellenar el IRPF. Los más significativos son:

Sin embargo, será en la renta 2010 cuando realmente experimentados cambios de gran calado en nuestra fiscalidad. Las novedades en la renta 2010 incluyen la reforma fiscal contemplada en la Ley 26/2009 de 23 de diciembre de Presupuestos Generales del Estado 2010 y el Real Decreto 2004/2009 , de 23 de diciembre, por el que se modifica el IRPF y el Reglamento el IVA.

Se trata de variaciones importantes que básicamente eliminan algunas de las decciones tradicionales y aumentan la presión fiscal con una subida de impuestos que afectará especialmente a los rendimientos obtenidos por inversiones.  Las más relevantes son:

  • Rendimientos del ahorro:  la tributación de las rentas de capital (aquellas obtenidas por inversiones) aumenta y pasa a contar dos tramos. Los primeros 6.000 euros tributarán al 19% y  a partir de ahí todo lo hará al 21%. Anteriormente existía un tipo fijo del 18%.
  • Rendimientos del trabajo: el límite de extensión de las prestaciones por desempleo cobradas en modalidad de pago único se eleva de 12.020 a 15.500 euros.
  • Deducción por obtención de rendimientos del trabajo o actividades económicas: adiós a los famosos 400 euros. Se mantiene, eso sí, una deducción gradual para las rentas más bajas. Así, las bases imposbibles entre los 8.000 y los 12.00 euros seguirán disfrutando de esta, aunque su aplicación será progresiva.
  • Obligación de declarar: el límite por el que una persona está obligada a declarar pasa de 11.200 a 10.200 euros cuando existen dos o más pagadores.
  • Reducción del rendimiento neto de actividades económicas: al igual que en 2009, para los ejercicios 2010 y 2011 se establecer una reducción del 20% del rendimiento neto positivo declarado previamente minorado en su caso, por la reducción por rendimientos generados en más de dos años u obtenidos de forma notoriamente irregular en el tiempo y por la reducción por el ejercicio de determinadas actividades económicas (artículo 32.2 LIRPF) , siempre que se den determinados requisitos y se mantenga o se cree empleo en el ejercicio. El importe de la reducción no podrá ser superior al 50 % del importe de las retribuciones satisfechas en el ejercicio al conjunto de sus trabajadores. Se exige que importe neto de la cifra de negocios para el conjunto de las actividades sea inferior a 5 millones de euros y tengan una plantilla media inferior a 25 empleados.
  • Reducción del rendimiento neto de actividades económicas por mantenimiento o creación de empleo: durante los periodo impositivos 2009, 2010 y 2011. Reducción del 20% rendimiento neto positivo declarado, minorado en su caso por las reducciones del art.32. El importe de la reducción así calculado no podrá ser superior al 50 % del importe de las retribuciones satisfechas en el ejercicio al conjunto de sus trabajadores. Se exige que importe neto de la cifra de negocios para el conjunto de las actividades sea inferior a 5 millones de euros y tengan una plantilla media inferior a 25 empleados.
  • Ingresos a cuenta: cambian los porcentajes de las retenciones e ingresos a cuenta, que se elevan un punto porcentual hasta el 19%. Esto afectará a los rendimientos del capital mobiliario procedentes de premios, arrendamientos y de la propiedad industrial, entre otros.
  • Coeficientes correctores del valor de adquisición: la actualización de los coeficientes del valor de adquisición se mantiene en el 1%. Este coeficiente es el que se utiliza para determinar las ganancias patrimoniales obtenidas por bienes inmuebles no afectos a actividades económicas.

Además, ya se pueden adelantar algunas novedades en la renta de 2011, empenzando por la eliminación de la deducción por adquisición de vivienda habitual, de la que sólo podrán beneficiarse las rentas inferiores a 24.000 euros.

Mejores subrogaciones 2010

Este 2010 ha comenzado con pocas ofertas interesantes en cuanto a nuevas hipotecas. Tanto los préstamos a tipo fijo como los variables no han experimentado grandes novedades, y mucho menos lo que se refiere a los productos para jóvenes.

Sin embargo, las entidades financieras han optado por seducir a los clientes de la competencia y han apuntado sus cañones a la subrogación hipotecaria.

Si bien las ofertas actuales se destacan por seducir con tipos de interés más bajos aprovechando un Euribor en mínimos históricos con un diferencial inferior al aque actualmente paga, la mayoría está implementando la cláusula de suelo hipotecario, que no nos permite disfrutar de la actualidad del indicador.

Esta situación sumada a la fuerte vinculación que exigen las entidades ha llevado a muchos a preguntarse si le conviene subrogar en estos momentos.

A continuación les ofrecemos las mejores subrogaciones 2010:

Sin productos asociados:

Con productos asociados:

Estos resultados se pueden ampliar con el comparador de hipotecas Hipolisto, el primer comparador social y colaborativo que cuenta con toda la oferta del mercado hipotecario

¿Mal año para los depósitos?

Nunca es tarde para invertir, o poner en funcionamiento nuestro dinero, sin embargo, siempre es mejor hacerlo en un contexto favorable, y no cuando el mercado nos da la espalda. Este 2010 parece que será otro de esos años duros para España.

La amplia gama de productos financieros que ofrecen bancos y cajas de ahorro no vive un buen momento. Además, si le sumamos la nueva fiscalidad, las retenciones impositivas han subido, por lo que ganaremos menos.

Esta situación se ha visto materializada en el segundo mes del año. En su conjunto, las entidades financieras captaron un 2,29% menos en materia de pasivo. Si bien el porcentual parece no asustar, cuando vemos los números, las cosa cambia.

En Febrero de 2010 captaron unos 41.425 millones de euros en nuevos depósitos, aunque ahora entenderemos lo preocupante de la situación ya que se traduce en unos 1.000 millones menos en comparación con igual mes de 2009.

Muchos dirán que es un problema que afecta a la banca, pero esto es mirar el vaso medio lleno, o medio vacío. El tema es más complejo porque una de las lecturas que podemos hacer es afirmar que los españoles tienen menor cantidad de dinero para ahorrar o para invertir, producto de la crisis.

Esta realidad escapa a la banca, y tiene un contexto más amplio ya que es una consecuencia directa del pésimo momento económico que vive España agravado por otros motivos como los bajos tipos de interés que le quitan atractivo a este tipo de productos, la inestabilidad de la economía y la tasa de paro, que se traduce en una necesidad para una familia de tener un ahorro disponible ante cualquier improvisto.

Un dato que corrobora esta última situación es que en febrero, mientras el caudal de depósitos descendió, las cuentas a la vista tenían un saldo de 310.505 millones de euros, es decir un 14,8% más que hace un año.

¿Qué ocurre con las empresas?

A diferencia de la realidad de las familias, las empresas han apostado por este segmento de ofertas. Los nuevos depósitos captados por la banca y que procedían de las empresas mejoraron un 6,20%. Esto quiere decir que las entidades financieras incrementaron en más de 2.000 millones de euros la captación de pasivo proveniente de este sector.

Si analizamos las cifras en su conjunto, la banca captó 67.592 millones de euros en nuevos depósitos en febrero, pero el saldo total de depósitos descendió en un 0,47%, hasta los 493.294 millones de euros. De este total, 402.287 millones provenían de las familias y 91.007 millones a las empresas.

Si lo vemos por entidades, quienes han liderado el mercado han sido las cajas que captaron 24.260 millones de euros de ahorro de las familias (-4,6%), mientras que los depósitos de las empresas mejoraron un 7,7%.

Detrás se situaron los bancos, que también captaron menos depósitos provenientes de las familias (-1,3%), hasta 11.768 millones, pero elevaron en un 5,7% los depósitos de las empresas, hasta los 13.600 millones de euros.

En cuanto al saldo total, los bancos tenían 107.624 millones de euros procedentes de las familias y 44.217 millones de empresas. Por su parte, las cajas, tenían en febrero un saldo total de depósitos de familias de 255.015 millones y de 40.900 millones de euros procedentes de empresas.

Sin embargo nos surge una pregunta, ¿existe un producto financiero que conlleve menor riesgo que los depósitos?

Juego de baño BBVA

Parece que 2010 será el año de las campañas de BBVA. Ahora, ha lanzado una nueva promoción por el cual los clientes podrán llevarse un juego de baño de Ana Rosa Quintana con las siguientes características:

  • 1 Bandeja grande de bambú prensado
  • 1 Bandeja jabonera de bambú prensado
  • 6 Toallas compuestas por un 60% de bambú y un 40% de bambú. Son 2 toallas de baño, 2 de cara y 2 de manos.
  • 2 velas aromáticas

BBVA ofrece dos opciones para llevarse el juego de baño de Ana Rosa Quintana. En primer lugar se puede ingresar en El Libretón unos 3.500 euros entre el 19 y el 30 de abril de 2010 y mantanerlos durante 5 meses (2,70% TAE).

Esta modalidad está disponible para dinero nuevo que se ingrese en efectivo, cheque o transferencia y como les comentábamos que la remuneración es en especie por incremento de saldo en El Libretón respecto al 15/04/2010.

Sin embargo, el banco le ofrece un alternativa para conseguir este juego de baño, a través de la financiación con sus tarjetas de crédito. En este caso el importe a ingresar será de 3.000 euros (3,16% TAE) que se financia en 5 meses con un tipo de interés del 8,11% TIN (8,42% TAE).

Si prefiere esta modalidad, deberá saber que el cliente se hará cargo de 6.31 euros de IVA e ingreso a cuenta de 8,44 euros.

Para seducir a sus clientes, la entidad ha decidido complementar esta oferta con un regalo de 100 euros (dos cheque de 50 euros) que podrá canjear en productos de BBVA Servicios.

BBVA además mantiene otras campañas interesantes como un TV Samsung 19″ por domiciliar la nómina o pensión o el Depósito 4% para fondos provenientes de Santander.

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